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¿Cómo se liquidan las vacaciones y cuántos días me corresponden en Argentina según mi antigüedad?

Cómo se liquidan las vacaciones y cuántos días me corresponden

Las vacaciones son un derecho para el trabajador y una obligación irremplazable para la empresa, independientemente de la causa por la que se encuentren unidos. 

La licencia vacacional lo que quiere, es proteger la integridad psicofísica del trabajador incentivando a su disfrute de la vida diaria dándole unos días de alejamiento de la rutina para que disfrute con sus familiares y amigos, resguardando así su salud mental y física, evitando el sobrecargo de estrés por trabajo.

La Constitución Nacional Argentina garantiza la asignación de vacaciones anuales. De acuerdo con la Ley de Contrato de Trabajo, los trabajadores tienen derecho a un período vacacional anual tras el cumplimiento de al menos la mitad de los días de trabajo en un año, es decir, por lo menos 6 meses.

¿Quieres conocer cuántos días de vacaciones te tocan según tus años de trabajo y cuánto te deben pagar?

Sigue con nosotros traemos para ti toda la información que necesitas saber sobre este derecho que tienes como trabajador.

¿Qué dice la Ley de Contrato de Trabajo o LCT sobre las vacaciones?

Las vacaciones básicamente son un tiempo de descanso pago, establecido en el artículo 150 de la Ley de Contrato de Trabajo. 

Todo trabajador, deberá haber prestado sus servicios en el trabajo durante como mínimo, la mitad de los días laborables comprendidos en un año calendario, para tener acceso cada año al beneficio. 

Se toma como año calendario hasta el 31 de diciembre, se contarán como hábiles y correrán dentro de las vacaciones los días feriados en los cuales un trabajador debiera brindar servicios de forma natural. 

Las vacaciones no comienzan cualquier día de la semana, empezará el día lunes o el siguiente hábil si aquél fuese feriado. 

Tratándose de trabajadores que presten servicios en días festivos o no laborables, el receso vacacional comienza al día siguiente a aquel que se encuentra luego del día de descanso semanal o el siguiente hábil si aquél fuese feriado.

Cálculo de vacaciones: cómo se liquida

Las vacaciones deben liquidarse de acuerdo al tiempo activo del trabajador de la empresa. Se van a otorgar dentro del período que comienza el 1° de noviembre del año por el que mereces vacaciones (comenzando primer lunes o primer día semanal de trabajo habitual) y finaliza el 30 de marzo del año siguiente. 

También puede tomar sus vacaciones en un período fuera de este ya nombrado, pero debe ser previo acuerdo con la empresa. Eso sí, antes del inicio de las vacaciones, la empresa está en la obligación de pagarte lo que te toca por dicho derecho. 

De acuerdo con la Ley de Contrato de Trabajo, el cálculo básico para liquidar las vacaciones se hace de la siguiente manera: Se divide el sueldo bruto mensual devengado entre 30 que es una constante de los días del mes. 

El resultado de esa operación no es más que el monto que le será pagado por cada día de vacaciones, luego ese resultado será multiplicado por los días que toquen de vacaciones por ley al trabajador.

Goce de vacaciones: días mínimos anuales de un trabajador

Si usted desea dividir los días que le correspondan, puede hacerlo, así podrás disfrutar de tu licencia vacacional en otras épocas del año. 

El período vacacional debe estar garantizado, es irrenunciable y la empresa debe cumplirlo, es necesario que sea un período continuo de licencia de al menos de dos tercios del que corresponde según su antigüedad trabajando en la empresa.

¿Cuántos días de vacaciones me corresponden según mi antigüedad?

En Argentina, el Ministerio de Producción y Trabajo explica que según la antigüedad del trabajador en la empresa, éste va a tener una cantidad de días de vacaciones.

En la tabla siguiente podemos observar que a mayor antigüedad más días de vacaciones tendrá el trabajador. 

Días de vacaciónAntigüedad
141 a 5 años
21Más de 5 y menos de 10 años
28Más de 10 y menos de 20 años
35Más de 20 años


¿Cómo se calculan las vacaciones no gozadas de un trabajador?

La finalización del contrato laboral, sea cual fuese el caso, si es despido o renuncia, no excluye a que el trabajador no pueda exigir su indemnización por el tiempo laborado y las vacaciones no gozadas. Al contrario, la empresa está en el deber de pagar dicho estipendio. 

Al momento del egreso del trabajador, se seguirán contando los días hasta el 31 de diciembre como si fuese personal activo, eso determinará la antigüedad trabajada e indicará la cantidad de días que le corresponden de vacaciones. 

Ese total se divide entre el número total de días del año (366 porque cuentan el 29 de febrero) y el resultado se multiplica por la cantidad de días corridos existentes hasta la fecha de egreso del trabajador.

El pago de estas vacaciones viene calculado en base al salario que devengaba el trabajador al momento del egreso más el promedio de remuneraciones mensuales o anuales acumuladas.

Vacaciones no gozadas por renuncia

Si al momento de la desvinculación laboral por renuncia, el trabajador no gozó de ningún día de vacaciones, debe disfrutar de 14 días (los reglamentarios por ley posterior a 6 meses), más la parte ajustada de 2 días (1 día cada 20 trabajados), siendo un total de 16 días, según lo dispuesto en la Ley de Contrato de Trabajo.

Cabe destacar que las vacaciones deben que ser gozadas hasta mayo de cada año, si no lo hizo caducó su derecho legítimo a las vacaciones, ahora se debería evaluar si hubo o no notificación para su disfrute.

Vacaciones no gozadas por despido

Las leyes argentinas estipulan que, si se da por terminado tu contrato por despido, tienes derecho y la empresa la obligación de liquidar el pago proporcional de vacaciones no gozadas.

Debes recibir una compensación correspondiente al salario que corresponda al período de descanso dependiendo del tiempo trabajado en la empresa desde sus últimas vacaciones o desde su última fecha calendario cumplido.

¿Qué pasa si la empresa donde trabajo cierra por vacaciones?

Existen casos donde las vacaciones pueden ocurrir por cierre de la empresa para el goce de las vacaciones en conjunto, pero se debe considerar que la ley establece días específicos para los trabajadores según su antigüedad. 

En este caso, de pausa de las actividades corrientes del establecimiento por período vacacional en un período mayor al período de licencia que le corresponda al trabajador sin que éste tenga otra actividad asignada por su empleador, se considerará que media una suspensión no remunerada hasta que se reinicien las tareas habituales de la empresa. 

Esta acción debe ser previamente admitida por la autoridad mayor de la empresa y notificada a la jefatura de la justa causa para llevar a cabo esta suspensión. Ser notificada al trabajador según los requisitos previstos por los artículos 218 y siguientes de la Ley de Contrato de Trabajo. 

El artículo 218 de LCT describe que toda suspensión dispuesta por un empleador para lograr que sea considerada válida, debe elaborarse en justa causa, constar de un plazo fijo, y ser informada mediante escrito al trabajador.

Ejemplo de cómo se liquidan las vacaciones

Por ejemplo, si su sueldo neto mensual es de 18.000 pesos y usted lleva 5 años en la empresa, el cálculo se realizaría de la siguiente manera:

18.000 / 25 = 720 pesos por día.

Multiplicamos 720*14 (son los días por ley que deben dar de vacaciones). En total, para sus 14 días de vacaciones, su retribución vacacional será de 10.080 pesos.

Plus vacacional: en qué consiste

El Plus Vacacional es el incremento en el importe a cobrar por las vacaciones. Es el efecto producido por la división del salario por 25, en lugar de 30 como se solía hacer. Considerando que 25 y 30 son los días entre los cuales se va a dividir el sueldo del trabajador. 

El resultado de este consecutivamente se debe multiplicar por los días que corresponden de vacaciones.